viernes, 26 de septiembre de 2014

Ley Televisa vs. Ley EPN



Las similitudes y diferencias entre la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) recientemente publicada y la llamada Ley Televisa nos dicen mucho de la estructura política del México del siglo XXI. 

La Ley Televisa fue aprobada por unanimidad sin discusión en 7 minutos en la Cámara de Diputados en 2005 y con una intensa discusión en el Senado en 2006. En contra de la Ley Televisa hubieron senadores de todos los partidos como la inolvidable Dulce María Sauri del Partido Revolucionario Institucional; de todos los partidos también se sumaron a la acción de inconstitucionalidad. La Suprema Corte de Justicia de la Nación finalmente tuvo que salvar el interés público y la rectoría del Estado a través de su sentencia en 2007. Por su parte, en 2014 la LFTR fue aprobada con el voto monolítico del PRI como partido en el poder, el Partido Verde con muchos de la telebancada y algunos votos del PAN; el Partido de la Revolución Democrática y el Partido del Trabajo votó en contra.

Diferencias. La Ley Televisa fue hecha por Televisa y personajes a fines según los audios y otras evidencias que trascendieron; no hay pruebas de que el presidente Fox haya sabido de su contenido hasta después de aprobada en la Cámara de Diputados. La Ley Televisa fue presentada por un entonces poco conocido diputado Orozco. La LFTR fue redactada por diferentes personalidades del Ejecutivo Federal, consultada con la industria y presentada como iniciativa del Presidente Peña Nieto. A Fox se puede decir que lo agarraron desprevenido, pero eso no justifica el que haya promulgado la ley a pesar de las contravenciones a la Constitución. Al presidente Peña Nieto no hay manera de salvarlo en el sentido de que su propio equipo fue quien redactó la LFTR y muchos términos propuestos perjudican el interés general. ¿No aprendieron los priistas de la experiencia Creel? Santiago Creel siendo Secretario de Gobernación parecía el mejor amigo de Televisa, otorgándole decenas de permisos para sus casinos y emitiendo el Decretazo de 2002 con ganancias evidentes para las televisoras. Pasaron los años, la memoria de Televisa olvidó los favores y ventiló hasta asuntos personales de Creel que carecían de interés público. ¿Hasta cuándo durará el romance EPN-Televisa?

Similitudes. La LFTR y la Ley Televisa no favorecen el interés general y colocan los intereses particulares sobre éste (p. ej. incrementar en un 2% el tiempo de publicidad en perjuicio de las audiencias). En ambos casos se dijeron verdades a medias según convenía para distraer a la ciudadanía: “ya no habrá concesiones por dedazo” (Ley Televisa), “se eliminará la larga distancia” (LFTR), sin decir los beneficios a las televisoras. Las dos leyes dijeron que buscaban la convergencia y ninguna de las 2 lo logró, disculpemos a la Ley Televisa que muy burdamente pretendía dar el llamado “pase automático” de la radiodifusión a las telecomunicaciones, pero ¿cómo justificar una ley que dice que es convergente y para todo distingue entre las telecomunicaciones y la radiodifusión como lo hace la LFTR?

Las dos leyes mostraron menosprecio a los pueblos y comunidades indígenas: la Ley Televisa fue omisa en cuanto a medios indígenas lo que impidió que la SCJN se pronunciara en la acción de inconstitucionalidad respecto a la violación de derechos humanos; la LFTR estableció una serie de requisitos discriminatorios como que sólo pueden recibir un 10% de radio FM “en la parte alta” y en radio AM sólo en el espectro ampliado, ¿por qué esa restricción a los medios indígenas y comunitarios?

La Corte. Para que proceda la acción de inconstitucionalidad se requiere de 33% de los diputados o senadores y después para invalidar los preceptos nocivos se requieren al menos 8 votos de los 11 ministros. En la Ley Televisa sólo habían 9 ministros porque uno estaba de incapacidad y otro ministro se declaró impedido, así que se requería casi unanimidad de los ministros presentes. Con todo en contra, la SCJN hizo lo que no se atrevieron ni el presidente Fox, ni el Congreso de la Unión: poner el interés general sobre el particular. Estamos a días de saber si se reunirán los votos en el Senado o en la Cámara de Diputados para la acción de inconstitucionalidad que daría nueva esperanza para la defensa de los derechos ciudadanos, pero la sociedad no podemos esperar a ver si los políticos se ponen de acuerdo o no y promoveremos un amparo ciudadano en defensa de nuestros derechos humanos.

*claraluzalvarez@gmail.com @claraluzalvarez

telecomysociedad.blogspot.mx

Este artículo fue publicado en El Financiero el 28 de Julio de 2014

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