jueves, 21 de abril de 2011

La Corte, la última palabra [Controversia constitucional vs. nombramiento de Swaan]

En un sector convulsionado por la inseguridad jurídica, por constantes cambios de subsecretarios y comisionados, por la ausencia de una política de sector, pareciera que lo único que faltaba era una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para enrarecer el ambiente. Pero, quizá la intervención de la Corte muestre una vez más que en telecomunicaciones, sus sentencias pueden dar certeza en un mar de incertidumbre.

La Corte reconoció en 2003 la existencia jurídica de Cofetel y de sus facultades para expedir regulación. Después, en 2004 la Corte resolvió la contradicción de tesis que puso fin al debate de si para otorgar una concesión se necesitaba o no dar audiencia al concesionario establecido, resolviendo la Corte a favor de la competencia. En 2007 la acción de inconstitucionalidad en contra de diversas reformas conocidas como Ley Televisa se concluyó con una histórica sentencia que ha marcado el antes y después. El año pasado la Corte resolvió la acción de inconstitucionalidad en contra del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que pretendió suprimir ciertas facultades de Cofetel.

En un régimen en el que los pesos y contrapesos entre los Poderes por muchísimas décadas sólo era retórica, ahora toma otro matiz. Esta vez, la Corte tendrá en sus manos una controversia constitucional entre el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal. Sin pecar de ingenuidad pensando que todos los actores en escena buscan el interés general, la Corte estaría decidiendo un tema medular: si Mony de Swaan cumple o no con los requisitos establecidos en la ley para ser comisionado de Cofetel. Este tema no es uno fácil, porque de admitir la controversia, la Corte tendría frente a sí la decisión de definir ciertos conceptos como qué es “haberse desempeñado en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas relacionadas sustancialmente con el sector telecomunicaciones” y si el haber sido Coordinador de Asesores del Secretario de Comunicaciones y Transportes es suficiente para cumplir ese requisito.

Será interesante el desenlace de esta controversia, en la que la Corte marcará si opta por la deferencia administrativa o si resuelve el caso particular analizando los méritos del hoy Presidente de Cofetel para ser comisionado. La controversia constitucional no quita la posibilidad de que con cada acto del Pleno de Cofetel, los particulares promuevan amparos aduciendo en alguno de sus conceptos de violación que el Presidente no cumple con los requisitos para serlo.

La Comisión Permanente pretende citar al Secretario Molinar para que explique su intervención en la designación de Mony de Swaan. ¿Cuál es el objeto jurídico de ello? Ninguno. El Secretario Molinar pudo haber influido hasta el final con el Presidente Calderón para que fuera designado de Swaan, ¿qué norma violó? Ninguna. Entonces, ¿para qué perder tiempo de los servidores públicos en un sector con rezagos administrativos permanentes? También la Comisión pretende que los comisionados de Cofetel se reúnan con ellos para explicar por qué designaron a de Swaan como Presidente de Cofetel. Si la ley sólo exige el voto de los comisionados, ¿por qué tienen que justificarlo ante la Comisión? Lo que sí es inadmisible es que el voto para elegir al Presidente de Cofetel haya sido secreto, olvidaron que la secrecía del voto en las elecciones populares es para evitar la intimidación y la represión. Esperemos que el IFAI obligue a dar a conocer el sentido del voto y sea la última vez que en secreto se elija a cualquier Presidente de Cofetel.

Finalmente, el Congreso de la Unión sí debiera ocuparse en obligar a que las pujas y postores de todas y cada una de las rondas de las licitaciones de frecuencias sea pública. Concluida la subasta, la ciudadanía tiene derecho a saber por cada ronda quiénes fueron los postores y por cuánto, y sujetar al escrutinio legal y público si alguna empresa participó con la única finalidad de elevar la contraprestación de sus competidores. En esto debieran avocarse el Congreso de la Unión, la Comisión Federal de Competencia, la Cofetel y la Secretaría de la Función Pública. Éste no es un tema menor, porque la afectación al mercado sería elevada y a los consumidores más.

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