viernes, 2 de abril de 2010

Reformas legales, ¿para qué? [publicado en la revista etcétera]

En telecomunicaciones no se requieren reformas legales, sino cumplimiento de la ley vigente. Hacer realidad el Estado de Derecho en México es lo que sigue siendo una utopía. Es cierto que el marco jurídico es perfectible y que con algunas adecuaciones sin duda se mejoraría, pero de nada servirá una ley de telecomunicaciones perfecta si su inobservancia es la regla.

Con las leyes actuales de telecomunicaciones, de radio y televisión el Ejecutivo Federal -a través de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y la Comisión Federal de Telecomunicaciones-: (1) podría haber al menos emitir una política de telecomunicaciones que no existe, (2) podría realizar licitaciones para la existencia de nuevos radiodifusores y para incentivar la pluralidad, sin que a la fecha se vislumbre que en algún momento de este sexenio se darán, (3) para que existiera más competencia podría expedir nuevas concesiones de redes públicas de telecomunicaciones en el plazo de 120 días que establece la ley en lugar de tardarse más de 1 año si tiene suerte (o contactos) el solicitante, (4) podría decretar más bandas de frecuencia de uso libre para que se aprovechara este bien de la Nación por todos y se incentivara la creatividad tecnológica en México, (5) etcétera…

Si México fuera el mundo ideal, y el Congreso de la Unión y el Ejecutivo Federal trabajaran por el interés público, ¿cuáles serían las reformas convenientes al marco legal de las telecomunicaciones?

1. Convergencia o divergencia. Aunque la radio y la televisión abierta han estado sujetas a su propia ley desde 1960, son parte de las telecomunicaciones.
Si se pretende apostar a la convergencia, las leyes deben dejar de ser divergentes. Una ley para las telecomunicaciones (excepto telegrafía) y una ley para lo relativo a contenidos, de tal suerte que la ley de telecomunicaciones regulara infraestructura y los operadores del sector (p. ej., obligaciones de interconexión), en tanto que lo aplicable a contenidos fuera neutro tecnológicamente.
2. Usuario. A pesar de ser la justificación de la importancia de las telecomunicaciones, el gran ausente en la aplicación del marco jurídico ha sido el usuario. ¿En qué momento se escucha la voz del ciudadano de a pie y de sus necesidades cuando se emite regulación de telecomunicaciones? Nunca, salvo raras excepciones como cuando organizaciones como Alconsumidor formula comentarios o denuncia abusos a los usuarios. Por lo que una reforma legal debe establecer un consejo consultivo de usuarios de telecomunicaciones como existe en Reino Unido o en EUA. Este consejo será el responsable de hacer análisis de los proyectos de regulación y emitir comentarios desde la perspectiva de los usuarios, estando las autoridades obligadas a tomar en consideración los comentarios del consejo.
3. Usuarios con discapacidad. México incumple la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad que es parte de la ley suprema de nuestro país, en cuanto a telecomunicaciones se refiere. Para que al menos el Estado mexicano no violentara la Convención, la ley debiera de prever que los programas y anuncios gubernamentales en televisión contengan subtítulos, así como que gradualmente las productoras de contenido televisivo produjeran programas con subtítulos. Además, los demás servicios de telecomunicaciones debieran prever funcionalidad para que sean accesibles y asequibles a personas con discapacidad.
4. Cofetel. Cofetel es parte de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, y es el regulador de telecomunicaciones. Sin embargo, carece de facultades para sancionar, por lo cual sólo emite opiniones de sanción. Si se pretende fortalecer (o más bien disminuir su debilidad) a Cofetel, debe tener facultad de sancionar directamente y bajo un procedimiento de sanción sumario. Además, deberá poder realizar verificaciones de la calidad de servicios y publicar los resultados para que la población pueda contar con la información necesaria para contrar o no a una empresa de telecomunicaciones. En el mundo ideal también sería conveniente que Cofetel tuviera otra figura jurídica como puede ser de organismo descentralizado.
5. Transparencia. Cofetel y la SCT deben ser transparentes. Las sesiones del Pleno de Cofetel deben ser públicas y transmitidas vía internet. Los trámites tanto en Cofetel como en la SCT deben ser públicos en el sentido de que un particular pueda conocer en qué estado se encuentra su solicitud, sin tener que recurrir a contactos o a información extraoficial. Además, las bases de licitación de concesiones para frecuencias de uso determinado deben ser públicas, porque al ser las frecuencias un bien de dominio público de la Nación, todos los mexicanos tenemos derecho a sabes los términos y condiciones bajo los cuales el gobierno está ofertando el uso de frecuencias. Por lo cual, una reforma a la ley exigiría la transparencia al menos de las sesiones del Pleno de Cofetel, en el proceso de resolución de los trámites y de las bases de licitación de concesiones para uso de frecuencias.

Existen muchos aspectos a considerar en una reforma en el sector de telecomunicaciones. El escepticismo del sector sobre si habrá o no modificaciones legales, sobre si serán en beneficio de un grupo o del interés público, no es gratuito. La experiencia al menos de este siglo es que las discusiones en el Congreso de la Unión han sido, en el mejor de los casos, infructíferas. Para muestras bastan dos botones: la Conferencia Parlamentaria de Telecomunicaciones (2002) y el Grupo Plural del Senado (2008). Una reforma legal a las telecomunicaciones debe ser incluyente y exigir el compromiso de los legisladores con el interés general, ¿sucederá?

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